En España, para poder transferir un vehículo deben cumplirse una serie de requisitos que puedan aprobar el trámite, el cual resulta tan importante a la hora de comercializar (comprar o vender) un coche. Estos requisitos están contemplados por la Dirección General de Tráfico (DGT).

¿Cómo saber cuándo no es posible transferir un vehículo?

Motivos por los que no se puede transferir un vehículo

Cuando un vehículo está condicionado por alguna causa que impida ser transferido, el informe de vehículo de la DGT incluye los detalles al respecto en una sección denominada limitaciones de disposición.  

En algunos informes también es posible encontrar un apartado llamado incidencias. Si es este el caso, es necesario revisar con detenimiento el espacio concepto, allí deberá estar reflejado el motivo por el cual no se puede transferir el vehículo. Algunas veces la incidencia es catalogada Denegatoria, pero no se especifica cuál es la causa que impide la ejecución del respectivo trámite.

Por lo general, algunos casos requieren acudir a la Jefatura provincial de tráfico para solicitar información acerca de la causa de la denegatoria. En todo caso, en el informe existe una nota que en el campo texto proporciona algunos datos sobre el motivo en cuestión.

¿Por qué motivos no se puede transferir un vehículo?

Son varias las causas que determinan el impedimento para transferir la titularidad de un vehículo. A continuación, enumeramos cuáles son los motivos por los que no se puede transferir un vehículo:

ITV

Cuando la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) ha caducado y la incidencia aparece reflejada en el informe de vehículos DGT, es posible transferir el vehículo. No obstante, la Jefatura de Tráfico no emitirá el nuevo permiso de circulación hasta tanto no sea acreditada la superación de la ITV.

Embargos

Cuando existe un embargo sobre el vehículo es posible transferir al nuevo propietario. Debido a esa posibilidad la situación de embargo no aparece reflejada en el informe de tráfico. Frente a los casos de embargo, la DGT efectúa el cambio de titular y tiene la obligación de notificarle al comprador la presencia del embargo.

Precintos

Cuando el vehículo tiene anotado un precinto comprende órdenes de Autoridad Judicial o Administrativa. En este caso, la Jefatura de Tráfico autoriza el cambio de titular. Al igual que cuando se trata de la ITV no emite el nuevo permiso de circulación.

Además, la Jefatura de Tráfico informa a la autoridad responsable del precinto sobre el domicilio y los datos del nuevo titular del vehículo.  Hasta que no sea cancelado el precinto, la Jefatura de Tráfico no expedirá el permiso de circulación al nuevo titular.

Reserva de dominio

Cuando el vehículo a transferir tiene Reserva de Dominio, debe ser cancelado el préstamo para poder hacer el trámite correspondiente al nuevo titular.

Impago del Impuesto de Tracción Mecánica

Cuando el informe de vehículo tiene reflejado el Impago del impuesto de Tracción Mecánica no es posible transferir el vehículo. Antes debe ser liquidada la deuda ante el Ayuntamiento respectivo. En tal caso, el Ayuntamiento debe notificar a la DGT sobre la cancelación efectuada.

Multas

Los vehículos que carguen con cuatro o más sanciones a nivel administrativo, de carácter grave o muy grave, no pueden ser transferidos.

Ante la existencia de multas, en el informe DGT aparecerá reflejada la restricción o denegatoria respectiva. En este caso no es posible realizar la transferencia del vehículo hasta tanto no sean liquidadas las multas. Cuando se trata de sanciones leves, o no reflejadas en el informe DGT, es posible transferir el vehículo sin ningún inconveniente.

Cabe destacar que las multas, por estar vinculadas al conductor, no son transferibles al vehículo con la compra-venta.

¿Cómo saber cuándo no es posible transferir un vehículo?

¿Es posible transferir un Vehículo con titular fallecido?

Cuando el titular del vehículo ha fallecido es necesario cumplir con ciertos requisitos para poder hacer el trámite correspondiente a nombre de un familiar:

  • Certificado de defunción del titular o libro de familia donde conste la defunción
  • Documento que acredite la custodia, uso o posesión del vehículo
  • Declaración de herederos o testamento

También es un requisito importante el impuesto de sucesiones y la presentación del cuaderno particional donde queda constancia de la adjudicación del vehículo a transferir.

Según lo establece el reglamento de Vehículos, la persona que tenga a cargo la custodia y el uso del vehículo debe notificar a la Jefatura de Tráfico, dentro de los 90 días siguiente al fallecimiento, mientras se adjudica a uno de los herederos.

Abrir Chat
💬 Tasación al instante
Escanea el código
Atención al Cliente
🔷 ¡Bienvenido a Cochescondeudas.com! 🔷
Si tienes alguna consulta o necesitas ayuda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
🗨️ Tasación por Whatsapp
WhatsApp
☎️ Tasación por Llamada Directa
672256336