Desde el día 11 de mayo de este 2021 entró en vigor la normativa que regula los nuevos límites de velocidad en ciudades y poblados en el territorio español. El documento también contempla otras medidas en el ámbito de la seguridad vial. En este artículo te contamos todo sobre los nuevos límites de velocidad.

¿Cuáles son los nuevos límites de velocidad?

De manera general, entra en vigor la regulación de velocidad de circulación a 30, 20 y 50 kilómetros por hora, dependiendo del tipo de vía en ciudades y poblados. Estas medidas, según indican los expertos, permiten disminuir al menos cinco veces el riesgo de fallecimiento por atropello.

¿A qué velocidad se debe circular en la ciudad?

Límites de velocidad en autovías y autopistas

La implementación de los nuevos límites de velocidad ya se venía contemplando en la modificación del Reglamento General de Circulación mediante el Real Decreto 970/2020, publicado en el Boletín Oficial del Estado en el mes de noviembre.

Cabe destacar que la Dirección General de Tráfico otorga un lapso de seis meses para que los municipios se encarguen de promover el cumplimiento de la normativa y la adaptación de la señalética vial.

En el documento, que entra en vigencia, estipula que los nuevos límites de velocidad en carreteras urbanas son los siguientes:

  • 20 km/h en vías que posean plataforma única compuesta por calzada y acera
  • 30 km/h en vías de carril único por cada sentido de circulación
  • 50 km/h en vías que posean más de dos carriles por sentido de circulación

Como ya hemos mencionado, el cumplimiento de la nueva medida se hizo efectiva desde este 11 de mayo del año en curso.

¿Los Ayuntamientos tienen autonomía en la aplicación de la normativa?

Multas por nuevos límites de velocidad en entornos urbanos

La respuesta es sí, aunque de manera condicionada. Cada ayuntamiento tiene un grado de autonomía sobre la aplicación de la norma de tráfico. Esto significa que, las velocidades genéricas adoptadas pueden ser reducidas por los ayuntamientos en función de las necesidades de la localidad.

No obstante, antes de ajustar los límites de velocidad la Autoridad Municipal debe aplicar la respectiva señalización que permita a los conductores conocer cuál es el límite de velocidad que se aplica.

Por otra parte, el Ayuntamiento también puede disponer del aumento de la velocidad contemplada en vías que posean un carril por sentido, siempre que no superen la velocidad máxima de 50 km/h.

Límites de velocidad en autovías y autopistas

En cuanto a los límites de velocidad aplicados en tramos urbanos en autovías y autopistas, es necesario tener en cuenta lo siguiente:

  • No se contemplan cambios para el límite de velocidad en travesías que es de 50 km/h. Se trata de carreteras interurbanas que atraviesan poblados que, por lo general, son de un solo carril.
  • Se exceptúan los vehículos de carga pesada, cuya velocidad no puede superar los 40 km/h. a estos vehículos se les aplica el mismo límite de velocidad en vías urbanas compuestas por dos o más carriles por sentido.
  • El límite de velocidad genérico en autovías o autopistas urbanas se conserva en los 80 km/h.

Este último límite puede ser aumentado por los gobiernos autonómicos o ayuntamientos sin que exceda los 120 km/h que es el límite permitido en autovías y autopistas fuera de áreas pobladas.

Multas por nuevos límites de velocidad en entornos urbanos

No cumplir con las medidas de tráfico implementadas desde este 11 de mayo es causa de multa. Así, dependiendo de la gravedad de la infracción se pueden perder entre dos y seis puntos del carnet de conducir.

Nuevos límites de velocidad

A continuación, explicamos los tipos de infracción por incumplir el límite de velocidad y la multa que conlleva para el límite de 30 km/h:

  • Grave: 31 km/h – 50 km/h, 100 euros
  • Grave: 51 km/h – 60 km7h, 300 euros, 2 puntos
  • Grave: 71 km/h – 80 km/h, 500 euros, 6 puntos
  • Muy grave: 81 km/h – más, 600 euros, 6 puntos

infracción por incumplir el límite de velocidad y la multa que conlleva para el límite de 20 km/h:

  • Grave: 21 km/h – 40 km/h, 100 euros
  • Grave: 41 km/h – 50 km/h, 300 euros, 2 puntos
  • Grave: 51 km/h – 60 km/h, 400 euros, 4 puntos
  • Grave: 61 km/h – 70 km/h, 500 euros, 6 puntos
  • Muy grave: 71 km/h o más, 600 euros, 6 puntos

En definitiva, las sanciones por incumplir los nuevos límites de velocidad varían entre los 100 y 600 euros, multa que puede reducirse a la mitad si se cumple con el pronto pago.